Mediante la Ley 230 del 24 de junio de 2021, se establece el Comité Nacional del Sistema de Alerta ante la Desaparición o Sustracción de Personas Menores de Edad con el objeto de crear un sistema de alerta mediante la colaboración y coordinación de las entidades del sector público y privado, los medios de comunicación y la sociedad civil, que permita la rápida ubicación de menores de edad en caso de ausencia, sustracción, secuestro, desaparición, extravío o privación ilegal de la libertad, cuando se presuma o no la comisión de algún ilícito ocurrido en territorio nacional.
Son funciones del Comité AMBER:
- Implementar, coordinar, definir, ejecutar, controlar y evaluar las acciones del Sistema de Alerta AMBER
- Establecer los mecanismos de coordinación entre las instituciones públicas y privadas, así como el protocolo de actuación ante una posible sustracción o desaparición de personas menores de edad.
- Coordinar la activación, actualización y desactivación de la alerta.
- Crear una página web dedicada a publicar información sobre personas menores de edad, reportadas como sustraídas o desaparecidas, para establecer una alerta y facilitar su búsqueda y recuperación.
Coordinar e impulsar acciones dirigidas a la prevención de la sustracción y desaparición de personas menores de edad.
Los integrantes del Comité AMBER, son representantes de cada una de las siguientes entidades:
- Ministerio de Gobierno.
- Ministerio de Seguridad Pública.
- Ministerio Público.
- Ministerio de Desarrollo Social.
- Servicio Nacional de Migración Panamá.
- Autoridad de los Servicios Públicos.
- Cámara Panameña de Seguridad Privada.
- Representante de los medios de comunicación